EL COMENTARIO DE MARTIN LUTERO SOBRE LA EPISTOLA A LOS GALATAS (1535/2011)
Por Haroldo S. Camacho, Ph. D.
En 1531 Lutero presentó una serie de 41 disertaciones sobre la Epístola a los Gálatas en la Universidad de Wittenberg. Lutero dictó la primera conferencia el 3 de julio y la última el 12 de diciembre del mismo año. Todas las disertaciones fueron dictadas en latín, el idioma teológico de aquellos días. Uno de los colaboradores más cercanos a Lutero, George Rörer, tomó copiosos apuntes en taquigrafía de su propio ingenio de todas estas conferencias. Después los preparó para publicarlos, con el visto bueno de Lutero y un prefacio de su propia mano. Este Comentario se publicó por primera vez en latín en 1535. Posteriormente, el Comentario se tradujo al alemán (1545), y luego al inglés (1575). No obstante, este Comentario jamás fue traducido al español, sino hasta ahora en esta edición.
En 1516, cuando Lutero todavía se consideraba un fraile agustino, Lutero ya había dictado su primera serie de disertaciones sobre la Epístola de San Pablo a los Gálatas, y fueron publicadas en 1519. No obstante esta serie de lecciones sobre Gálatas representa su pensamiento poco antes de su gran conversión evangélica. Por lo tanto, el Comentario de 1519 carece de la profundidad y claridad en cuanto al gran artículo fundamental sobre el cual se sustenta la Iglesia, el gran artículo2 de la justificación por la fe3. En su Comentario de 1535, ahora traducido al español, este gran artículo brilla con gran esplendor pues representa el pensamiento de Lutero en toda su madurez teológica en el Evangelio. Según su propio testimonio, Lutero relata que en el año 1519, después de haber dictado clases sobre los Salmos, Romanos, y la Epístola a los Gálatas, él entendió que la «justicia de Dios» descrita en Romanos 1:17, era la justicia de Dios revelada y ofrecida en Cristo. No era la justicia retributiva de un Dios vengativo. La «justicia de Dios» es la justicia de Cristo imputada gratuitamente y solo por la fe, a todo pecador creyente. Lutero relata su experiencia de la siguiente manera.
Hasta que al fin, por piedad divina, y tras meditar noche y día, percibí la concatenación de los dos pasajes: «La justicia de Dios se revela en él», «conforme está escrito: el justo por la fe, vivirá». Comencé a darme cuenta de que la justicia de Dios no es otra que aquella por la cual el justo vive por un don de Dios, es decir, por la fe, y que el significado de la frase era el siguiente: por medio del Evangelio se revela la justicia de Dios, o sea, la justicia pasiva, en virtud de la cual Dios misericordioso nos justifica por la fe, conforme está escrito: «el justo por la fe, vivirá». De inmediato sentí que había renacido y entrado por los portales abiertos del mismo paraíso. Enseguida pude ver a la Escritura entera iluminada por una luz diferente.
Este es el concepto de la justificación del pecador por medio de la fe sola, que reluce en este Comentario sobre Gálatas (1535).
Además, existen otras diferencias entre los dos comentarios. En el comentario de 1519, Lutero todavía se apoyaba en Jerónimo y Agustín para su exégesis o interpretación de las palabras de Pablo en Gálatas. En el comentario de 1535, Lutero solo se apoya sobre la Escritura, rechazando casi en su totalidad, la teología de Jerónimo y Agustín. Lutero también rechaza la filosofía y la razón como auxiliares a la justificación, argumentando que éstas engañan a la conciencia, haciéndola razonar que alguna de sus obras valen ante Dios para la justificación. Otra diferencia importante, es que en el Comentario de 1535, Lutero relaciona la lucha que Pablo sostuvo con los falsos apóstoles que perturbaban a los Gálatas, con su propia lucha contra los fanáticos y los eruditos romanos que afirmaban que la obediencia a la ley era necesaria para la justificación. Este aspecto del Comentario realza no solo el valor teológico de su exégesis, sino también su valor histórico.
Además, el lector de hoy se ve desafiado a practicar el mismo análisis, de confrontar la teología cristiana contemporánea con el gran artículo de la justificación por la fe sola, viendo si de veras la Iglesia cristiana de hoy permanece en pie, o se ha derrumbado según la fórmula del Reformador: Iustificatio—articulus stantis vel cadentis ecclesiae: «La justificación: el artículo sobre el cual la iglesia permanece en pie o se derrumba».
Sin embargo, la diferencia más sencilla entre los dos Comentarios fue resaltada por el mismo Lutero. Cuando comentaba sobre las obras de la carne en Gálatas 5:19, marcó la siguiente diferencia.
Pero el que quisiera saber el significado de cada palabra en particular, si quiere puede leer el antiguo Comentario que publiqué en 1519. Allí demostré, según mis capacidades, la naturaleza y fuerza de cada palabra en todo el catálogo de las obras de la carne y los frutos del Espíritu. Ahora al exponer la Epístola a los Gálatas, ha sido nuestro propósito principal, explicar lo más claramente posible el artículo de la justificación1.
De tal modo que si la Iglesia evangélica de hoy desea volver a sus raíces de la Reforma, aferrándose nuevamente al artículo de la justificación, debe apoyarse sobre el Lutero evangélico que dictó el Comentario de 1535 y no sobre el joven fraile agustino católico romano que dictó las clases sobre Gálatas en 1516, antes de su gran conversión evangélica en 1518.
La teología de la iglesia cristiana de hoy, tanto evangélica como católica romana, se asemeja mucho más a la teología del Lutero joven de 1516, cuando todavía procuraba encontrar alguna manera de remendar y salvar la teología agustiniana con el Evangelio. Pero, su gran conversión al Evangelio de 1518 le señaló otro camino. A razón de su gran experiencia en la torre, cuando vio que solo Cristo era su justicia ante Dios, tuvo que despedirse de Agustín y el catolicismo romano con sus componendas de fe y obras. Este es el Lutero del cual surgió la Reforma Protestante.
Pero el protestantismo de hoy ya no protesta contra el falso evangelio, sino que más bien apoya las componendas de fe y obras que tanto luchó Lutero por desarraigar del Evangelio para establecer solamente el artículo de la justificación. Al aceptar estas componendas la iglesia evangélica de hoy no ha podido hacer nada más que entregarse en los brazos del resbaladizo abrazo del ecumenismo, soltando la única ancla de la fe cristiana, el artículo de la justificación por la fe sola en Jesucristo.
O, ¿será que la Iglesia evangélica moderna prefiere el artículo del ecumenismo por encima del artículo de la justificación? El artículo de la justificación por la fe en este Comentario es irreconciliable con la redefinición de la justificación por la fe en la Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación, promovida por la iglesia romana, y avalada recientemente por un gran número de iglesias presuntamente protestantes. No obstante, la definición de la justificación que Lutero expone claramente en las páginas de este Comentario de 1535 rotundamente niega y protesta precisamente contra ese tipo de componenda promovida por el Vaticano y una gran mayoría del protestantismo que hoy se autodenomina «de la Reforma». Pero en cuanto a estos criterios el lector mostrando la nobleza de los creyentes en Berea tendrá que escudriñar y juzgar por sí mismo en este Comentario para ver si las cosas son así. El Comentario también ilumina otros temas que han repercutido en todas las persuasiones cristianas. Por ejemplo, ¿cuál es la obra del Espíritu Santo en la vivencia de la Iglesia? ¿Qué papel juega el Espíritu Santo en la vida del cristiano?
Además en este Comentario, Lutero expone las falsas premisas de las sectas, las cuales se apoyan en una u otra observancia particularizada de la ley, o en alguna vivencia o manifestación especial del Espíritu Santo para presentarse como «la verdadera iglesia» o con «el verdadero mensaje de Dios al mundo». No obstante en este Comentario, Lutero alumbra la luz del artículo de la justificación de la fe sobre todas esas premisas, y demuestra que lo único que enseñan es que «en vano murió Cristo». Estos mismos argumentos de Lutero se relacionan oportuna y precisamente a todas las sectas de hoy cuya razón de existir es mezclar cualquier observancia de la ley con el artículo de la justificación por la fe.
Por lo demás, el Comentario de 1535 provee una fuente de meditación en la maravillosa e infinita gracia de Dios, que justifica no al obediente a ley alguna, sino al impío, al pecador, y solo por la fe. Aquí también podemos ver a Lutero no solo como teólogo, sino también como pastor, ayudando a todo creyente en la lucha diaria contra la carne y sus innumerables tentaciones. Por otro lado, se verá que Lutero magnifica la verdadera función de la ley, y que de ninguna manera insta a la iglesia cristiana a descartar el verdadero propósito de la ley, el de señalar el pecado, por lo cual la ley es «justa, santa, y buena» (Romanos 7:12).
Esta traducción relucirá por sus imperfecciones, pues Lutero en latín es difícil de
traducir a cualquier idioma. El latín escrito de Lutero era majestuoso, impecable, preciso. Pero cuando él dictó estas disertaciones sobre Gálatas en 1531, tenía tan solo un bosquejo preparado, principalmente con citas bíblicas. Al enseñar, como todo buen profesor que ama su materia, Lutero se apasionaba, su vocablo a veces se tornaba áspero al pensar en cómo Roma y los fanáticos distorsionaban el Evangelio. Rörer, su taquígrafo, captó esta pasión de Lutero en su vocablo, y en estas páginas, reluce la personalidad de Lutero apasionada por el Evangelio de la justicia de Cristo que justifica a todo pecador sin obra alguna de la ley. En estas páginas (que abarcan casi dos veces más contenido exegético que el Comentario de 1519) se puede ver a Lutero frente a sus alumnos en la gran sala de disertaciones de la Universidad de Wittenberg, dialogando y rebatiendo los argumentos de sus oponentes. En muchas ocasiones, Lutero no podía terminar sus oraciones, y añadía frase tras frase antes de culminar su argumento, para pasar a otro argumento, tan solo para volver al anterior. Por lo general en la traducción dejé las oraciones largas y tendidas, para no perder el ritmo con el cual Lutero puntualizaba sus argumentos.
No obstante cuando estas frases se extendían línea tras línea sin puntuación, opté por colocar un punto y coma, y a veces un punto y seguido. De otra manera el párrafo se hubiera dificultado al leerse en español. No obstante, no se omitió ni modificó ninguna declaración de Lutero recopilada en su Comentario.
En ciertos lugares el lector encontrará varias líneas y párrafos en letra cursiva. Esta letra indica las secciones que fueron omitidas por los primeros traductores al inglés de este Comentario. La versión de este Comentario en inglés, y en la cual se apoya esta traducción al español, es la versión de Erasmus Middleton. Sin embargo, la versión de Middleton no incluye ninguna de las secciones en cursiva. Estas omisiones fueron rescatadas por Philip Watson en su versión de 1953. Watson hizo una gran obra pues volvió a las copias originales del latín de Rörer, las tradujo al inglés y las incluyó en la obra de Middleton. Según Watson, dichos traductores omitieron esas porciones por no ofender a los seguidores de Zuinglio, que se distanciaban de Lutero en su doctrina de los sacramentos. No obstante, las omisiones fueron más allá del tema de los sacramentos. A veces, omitieron declaraciones importantes e impactantes que esclarecen y explican el gran artículo de la justificación por la fe. Este Comentario de Lutero en español procura hacer lo mismo que Watson logró (en inglés) con la versión de Middleton, incluyendo todas las secciones omitidas, rescatándolas y traduciéndolas al español3. De tal modo que esta traducción al español se apoya en la traducción de Middleton, cotejando con la de Watson las secciones omitidas, y luego cotejando y traduciendo esas secciones del latín al español4.
He intentado, aunque no siempre con éxito, que el español de esta traducción pueda ser entendido por el laico contemporáneo, a comienzos del siglo XXI. Al mismo tiempo, cuando Lutero usaba terminología teológica en latín, y la manera más precisa de traducir tal acepción era con un término teológico en español, lo hice de esa manera, recordando que Lutero dictó estas clases a seminaristas entendidos en la teología, el griego, y el hebreo de la Biblia. Por esa razón no quise diluir el sentido y el valor teológico del catedrático en divinidades, el doctor Martín Lutero. De tal modo que ni el laico ni el erudito estarán satisfechos enteramente con el español de esta obra. No obstante, el valor de esta traducción no se ha de juzgar en torno a su fidelidad a todos los cánones del idioma español, sino por la gran bendición que es entender el gran artículo de la justificación por la fe en todo su esplendor.
Cuando Lutero tradujo la Biblia al alemán, él puntualizó las pautas que utilizó en su traducción. Respecto a una de ellas dijo, «Yo quería hablar alemán en la traducción, ni en latín ni en griego [sic], ya que me había comprometido hablar alemán en la traducción». De igual manera yo he querido que esta traducción hable un español sencillo y contemporáneo, sin diluir ni simplificar el profundo pensamiento de Lutero. En la mayoría de los casos cuando se podía escoger entre dos sinónimos, escogía el más sencillo si es que no alteraba o confundía el significado y el impacto del pensamiento original.
En este Comentario Lutero habla de los «turcos, los judíos, los papistas» de cierto modo que hoy en día se consideraría ofensivo, o «políticamente desatinado». Estas acepciones han quedado tal cual. Siguiendo la norma que no diluiría el vocablo de Lutero, las dejé así. Como tal, la traducción retiene su valor histórico. Además, al parecer de este traductor, Lutero presenta un reto al lector moderno. ¿Por qué tanto afán de no desatinar políticamente con la terminología a fin de no causar agravio, y hay tan poco cuidado de no desatinar con el artículo de la justificación por la fe sola? ¿Por qué en los vocablos teológicos de hoy se permite tanto desatino con el artículo que en el siglo XVI le dio la vida a la Iglesia evangélica del siglo XXI? ¿Por qué se requiere precisión exacta en los términos del ámbito social, pero tan poca precisión en la terminología teológica para exponer el Evangelio? Pues hoy, en la teología evangélica popular, imputación se interpreta como transfusión de gracia, justificación se interpreta como «hacer justo»; «nacer de nuevo» se interpreta como la vida de obediencia por la cual el pecador es justificado ante Dios. Ciertamente una lectura cuidadosa de este Comentario produce ese tipo de diálogo interno. Si de veras el artículo por el cual la «Iglesia cristiana cae o permanece en pie» es la predicación del artículo de la justificación por la fe sola, ¿en dónde está la Iglesia cristiana de hoy?
En sus disertaciones de Gálatas, Lutero hacía relucir todo el drama que vivieron los gálatas con la llegada de los falsos apóstoles. Al leer este Comentario uno se traslada no solo a esa gran sala en la Universidad de Wittenberg en donde uno puede ver y escuchar a un Lutero apasionado con el tema de la justificación, sino también uno se desplaza a las antiguas iglesias de los gálatas. Allí uno puede escuchar los sermones y las enseñanzas de los falsos apóstoles, puede ver a la hermandad titubeando entre el Evangelio de Pablo y este «otro evangelio,» y hasta es posible escuchar la lucha interna de la hermandad por no abandonar el Evangelio de Pablo, pero al mismo tiempo siendo seducidos por las enseñanzas tan sutilmente piadosas pero falsas de los falsos apóstoles. Lutero es un profesor y catedrático por excelencia, lo cual reluce en su estilo de enseñanza que tan precisamente captó Rörer en sus apuntes, y el cual he tratado de retener, a pesar de todas sus imperfecciones, en esta traducción.
En el Apéndice incluyo la traducción del Prólogo de Philip Watson a su versión en inglés (1953), debido al minucioso reseño histórico que Watson detalla, y sus apartes teológicos que contextualizan este Comentario de Lutero.
Agradezco la ayuda de mi hermano en el Evangelio de Cristo, Carlos Pérez por su ayuda en la redacción, revisión, y corrección de esta traducción. El teólogo español Carlos Aracil Orts, colaboró con una minuciosa revisión del español, por lo cual estoy sumamente agradecido. Agradecimientos también a mi esposa Mercedes Camacho, por todo el apoyo de fe y amor durante el largo proceso de traducción.
Además agradezco profundamente a un grupo de laicos que escucharon y participaron en la lectura en voz alta de esta traducción, sugiriendo sinónimos y sintaxis gramatical más adecuado al laico: Mercedes Pérez, Esperanza Oralia Dueñas, Armando Morales Romero, Luis Gómez, María Elena Gómez, Reynaldo de Venezuela, Daisy Díaz, Mario Pérez, Guadalupe Corona, Mercedes Camacho, y a Orlando Samuel Camacho por su paciencia con su papá.
En la gracia del Señor Jesús entrego a las manos de los lectores hispanohablantes esta traducción, para la gloria de Cristo, la alabanza de Dios, y la bendición del Espíritu Santo que nos trae la fe que justifica.
Haroldo Samuel Camacho, Ph.D.
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